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Política 7 MAY 2017

Las Juezas de Faltas, entre las ventajas del nuevo edificio y los desafíos del área

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Las doctoras Patricia Piatta y Marina Cordone se refierieron a todo lo que posibilitan las nuevas instalaciones. Además, explicaron el mecanismo de trabajo sobre cada infracción y los nuevos tipos de casos en los que podrá impartir justicia.

Dialogamos con Marina Cordone y Patricia Piatta, las Juezas de Faltas de los Juzgados N°1 y N°2 que funcionan en el recientemente inaugurado edificio de Av. Bernardo de Irigoyen 654.- Hoy estrenan edificio y queremos saber sobre el trabajo que se venía llevando y las expectativas que tienen para el desarrollo de las actividades en un edificio acorde, más grande y que permitirá una mejor atenciónMC: Veníamos de un espacio reducido para albergar no sólo al personal y los funcionarios sino con el caudal de expedientes con el que el área trabajaba (y los que vamos a tener a futuro, porque siempre se van renovando). Es un lugar acorde que nos permite darle una funcionalidad verdaderamente útil a cada uno de los espacios que tiene el edificio. Los juzgados están perfectamente identificados e independientes: en la planta alta está el Juzgado N° 2 a cargo de la doctora Piatta y el Juzgado N° 1 (a mi cargo) se encuentra en la planta baja. Después hay oficinas comunes a ambos juzgados como el archivo, la oficina de notificaciones y el área de informes. Además, también brindamos el libre de deuda para cualquier trámite que lo requiera (con su personal administrativo independiente de los juzgados). Técnicamente el área sigue trabajando como lo venía haciendo: seguimos con competencia no sólo en tránsito (porque uno cuando habla de juzgado de faltas en seguida lo relaciona a esa cuestión), también tenemos competencia en áreas como bromatología, comercio, industria y medio ambiente. Además, hay una competencia extra que antes el área no la tenía que es defensa del consumidor.- Patricia, tu experiencia en toda esta materia, con este edificio le vas a poder sacar el jugo a todas las cosas que van a tener que hacer y además el trabajo de los empleados que va a ser mucho mas cómodo.PP: Sí, totalmente. De hecho, se adoptó el mimo sistema que el Poder Judicial en cuanto a la funcionalidad de cada uno de los juzgados: casilleros, mobiliarios... El sistema que ahora se va a adoptar y que va a agilizar nuestro trabajo para brindar un mejor servicio a la comunidad de General Rodríguez.- El sistema de computadoras?PP: Claro, teníamos muy pocas computadoras (algunas obsoletas). Ahora, con el sistema que tenemos para aplicar nuestros procedimientos se va a hacer muchos más ágil buscar el fin de cada expediente y no amontonarlos. Que sea ágil, no agotador para el infractor y mejor para el trabajo interno nuestro. Mucho más organizado y, de esa manera, incluirnos en la sociedad actual de los juzgados de los otros municipios.- Marina, antes hablamos de la atención a la gente, del espacio que tenían ahora y decías que algunos de los tramites llevan un poco más de tiempo. ¿Cuáles son, por qué llevan más tiempo y como da la amplitud de este edificio para llevar a cabo estos trámites?MC: Lo que pasa es que el proceso tiene distintas variables, distintos caminos. Entonces, en función de lo que hay que hacer, resolver el caso quizás lleva un poco más de tiempo. Lo que tenemos es capacidad resolutiva. Viene una persona que ha sido citada o que se presenta espontáneamente porque tiene conocimiento de que ha cometido una infracción y puede optar por el pago voluntario (que no tardará más de 10 minutos). Además, eso incluye el beneficio de la reducción del 50% en el costo de las multas. O puede pasar que las personas quieran hacer su descargo, quiera ejercer su derecho a defensa en ese sentido. En ese caso, las juezas tomamos las audiencias de descargo. Ahí las personas pueden ejercer su derecho a defensa presentando las pruebas que quiera aportar y demás. Una vez que está cerrada esa etapa se pasa a sentencia y uno dicta la sentencia. Si viene una persona a la que le secuestraron un vehículo por determinadas infracciones no es igual el procedimiento al de una persona que adopta el sistema de pago voluntario. Entonces, las variables que pueden llegar a haber con el procedimiento mismo, pueden llegar a dilatar un poco más la espera. Algunos se pueden ir en 5 o 10 minutos, otros se pueden demorar tardando media hora o 40 minutos porque eso incluye un descargo, una sentencia. Si hay un vehículo secuestrado, una medida cautelar en el procedimiento, hay que disponer el levantamiento previo a que se acredite toda la documentación. Es un procedimiento más complejo, más burocrático. Hay más papeles para hacer y además incluye una sentencia de nuestra parte como órgano juzgador, por eso no va a tardar lo mismo que un pago voluntario. De cualquier manera tenemos una sala de espera amplia donde no solo se puede esperar a ser atendido, sino también pueden esperar mientras se elabora la sentencia o que se que se termine de hacer el oficio para el levantamiento de la medida cautelar o lo que fuere propio del procedimiento. Ya con el sistema informático en marcha, el personal administrativo trabajando en pleno y con la distribución de las causas como corresponde y demás (porque ya terminamos con el período de transición), se supone que ya no va a haber esas largas colas. El procedimiento, si bien sigue teniendo sus ribetes burocráticos, va a ser mucho más expeditivo.- En base a ser más expeditivo, también están los resultados. Ya se venía hablando con el Intendente sobre cuáles eran los motivos para generar esta agilidad para la gente y también que sea como debe ser: los poderes separados y que se cumpla realmente con esa premisa. Pero cuáles son los objetivos que tienen ahora terminada la etapa de transición para que el rodriguense se acostumbre definitivamente a que éste es el edificio donde va a tramitar todo tipo de faltas y otras cuestiones como por ejemplo defensa al consumidor y pequeños trámites más que se han agregado como el libre de deuda y demás.PP: El tema es que con respecto a defensa al consumidor no nos olvidemos que hoy (en parte fue lo que dije en el discurso) la sociedad cambió y las relaciones de consumo requieren de su propio tratamiento. Sobretodo cuando están tipificadas o están basadas en los principios constitucionales, tanto en la Corte Nacional como en la Provincial en el artículo 42 y 38. Por otro lado, las mismas formas de vivir, las nuevas costumbres hacen que los contratos que antes entre las partes se regían por los principios de la autonomía de la voluntad de la buena fe, hoy por hoy eso se fue perdiendo porque precisamente lo que prevalece es el orden público y los contratos predeterminados. Entonces, hay que tratar siempre de defender el derecho del que menos derecho tiene ante una relación contractual como pueden ser los contratos o las relaciones de consumo. Por eso nosotros mediante la ley 13133 de la provincia de Buenos Aires mediante la reglamentación que se hace acá en la municipalidad, nuestros juzgados tienen competencia en defensa al consumidor precisamente porque nosotros vamos a tratar la parte resolutiva de esos casos. En tal caso que esa multa no se aplica por ley (no porque nosotros queramos) no sea considerada factible (en este caso por el Provenir, tiene derecho por su legítima defensa de recurrir a la alzada que son los Juzgados en lo Contencioso Administrativo. También hay que tener en cuenta que la Corte Suprema en varios fallos ha dispuesto que la multa tiene naturaleza sancionatoria pero no es reparadora porque lo que persigue es que se respeten los derechos de orden público en beneficio de la sociedad.- O sea que la gente que viene a hacer un reclamos porque, por ejemplo, le dieron un producto en mal estado…PP:… primero comienza la etapa procesal en la Dirección de Defensa al Consumidor. Si ahí no llegan a un acuerdo, eso pasa a la etapa resolutiva en la cual vamos a tener competencia la doctora Cordone y yo. Si se aplica una multa, también tienen la posibilidad (si no están de acuerdo) de judicializar y pasar a la alzada. Lo nuestro son actos administrativos de naturaleza jurisdiccional.- Se obra sobre la multa que se le aplica al infractor o también, por ejemplo, sobre el bien que una persona retiró en mal estado?PP: Eso va a correr por el proveedor a cuenta del infractor. Lo resolvemos dentro del procedimiento resolutivo- Cómo se sortean las distintas causas a nivel local?PP: Nosotros hemos dispuesto en realizar una reglamentación interna de los juzgados mediante el cual todas las causas que terminen en número impar las toma el Juzgado N° 1 y las que terminan en número par las tomo yo en el Juzgado N° 2.- Los empleados contentos con estas circunstancias…MC: Están sumamente contentos. Realmente les cambió la vida porque estamos en un lugar acorde para poder trabajar y eso ayuda muchísimo para elevar el espíritu. La verdad están muy contentos y es como si “se pusieran la camiseta” de los juzgados. Eso para nosotros es una alegría porque es una manera de trabajar mejor, en equipo y siempre consultándonos, tratando de buscar que haya coincidencias y no disidencias. Lo importante es construir, el bien común, el bien de la sociedad.- Para cerrar, habías dicho que éste no era un lugar meramente recaudatorio. Pero también es cierto que muchas de las multas que tenían los rodriguenses no se terminaban cobrando, no se terminaban pasando siquiera a la justicia y esto va a acelerar que eso suceda. Lo cual va a inferir en una mayor recaudación, lo que se espera según lo que hemos hablado con muchos funcionarios. Hay una meta en cuanto a la cantidad de trámites a resolver o tiene que ver con la cantidad de multas que entran por secretaría? Cómo es que se trabaja eso para liberar lo que más genere trabajo aquí en los juzgados?PP: Te vuelvo a repetir, la finalidad no es la recaudación. La recaudación viene por el tipo de sanción que se aplica. Las sanciones no son solamente multas pecuniarias, pueden ser amonestaciones también. No es que solamente sancionamos para cobrar la multa. Tiene un sentido y es que la gente debe adaptarse al marco de la ley, porque sino es tierra de nadie. Eso es una característica de una cuestión sancionatoria. Pero te vuelvo a repetir: hay distintos grados de sanción.- O sea que no solamente viene por el lado economico, tambien hay otras sanciones que se pueden establecer. Por ejemplo, entra dentro de esto la famosa ayuda comunitaria y demas? Qué tipo de cuestiones pueden determinar que uno no ponga dinero sino que tenga que hacer otra cosa? Qué tipo de penas?PP: Podríamos llegar a decir que se dediquen determinada cantidad de horas del día para realizar trabajos en una institución de la municipalidad o cualquier institución pública. MC: Yo creo que esos casos ameritan una sanción de ese tipo en los casos de reincidencia. A veces, la multa económica no surte efecto. Es la realidad. Tenemos muchos infractores que son primarios y uno tiene una consideración cuando es la primera vez de esa persona (tenemos la base de datos, los registros). Después tenemos al infractor no primario donde seguramente se va a aplicar una multa económica. Pero también tenemos casos de reincidencias reiteradas en transcursos cortos de tiempo en donde por ahí se nota que la sanción económica tampoco llega a surtir el efecto que uno busca que es el cumplimiento de las normas, O sea, el freno a la infracción (sobre todo cuando hablamos de reiteraciones). Entonces, por ahí podemos echar mano a esta cuestión de los trabajos comunitarios o se alguna sanción administrativa. Es un trabajo complejo, porque si bien la ley a nosotros nos prevé un incremento en el valor de la multa en el caso de reincidencia, te repito, a veces notamos porque la persona vuelve a venir y vuelve a venir, entonces ahí nosotras desde nuestra visión decir “Bueno acá no es solamente aplicar la multa, necesitamos algo más. Un trabajo mas específico. Ahí es cuando aparece la figura, muy importante, de los trabajos comunitarios y demás.-Puede haber estadística respecto a cuántos infractores hay?, cuál es la infracción que más se comete en General Rodríguez (tanto en comercio como en tránsito)? Qué es lo que más pasa –incluso en medio ambiente-? ¿Hay estadísticas disponibles?PP: Eso depende de lo que nos llega a nosotros como acta de comprobación que las realizan las distintas áreas, las distintas secretarías o direcciones. Dirección de Tránsito, por ejemplo, es una de las direcciones que más se mueve porque la cuestión de tránsito es una constante. Después, por ahí tenemos en menor escala lo que sea relacionado con comercio, industria, medio ambiente o higiene y seguridad. Pero también hay una realidad: recién ahora nosotros nos estamos formando como juzgados. Entonces no tenemos estadísticas propias en líneas generales. Se tienen que poner en marcha todos esos institutos para que a futuro busquen su nivel. Igual, cada caso es una particularidad. Cada área es una particularidad. No se puede hacer una clausión atrás de otra con respecto a un local. Para tomar una medida cautelar como una clausura, hay que tener los recaudos necesarios. No nos olvidemos que le estamos coartando la actividad del comercio o de la industria. No es lo mismo que con tránsito, que si uno le pide la documentación y no la tiene, se le secuestra el auto y después trae todo. Son cosas diferentes.- Las estadísticas se podrán obtener cuando esto esté mas avanzado…PP: Obviamente. Cuando ya se haya implementado todo este sistema con las distintas áreas y también con defensa al consumidor que va a tener su propia estadística. https://www.youtube.com/watch?v=h9e237CVKkQ
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