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Educación 11 MAY 2017

A pesar del asueto de mañana, habrá clases en las escuelas rodriguenses

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Lo confirmó la Jefatura Distrital de Educación a través de un comunicado enviado por Gabriel Leuenberger, el Inspector a cargo de dicho organismo.

Mañana, viernes 12 de mayo, se celebra el Día del Pueblo en conmemoración a los 153 años de la fundación del Pueblo de General Rodríguez y habrá asueto en la administración pública local. Ante la incertidumbre de mucha gente sobre si habría clases en los establecimientos educativos de la ciudad, la Jefatura Distrital de Educación, a cargo del Inspector, Gabriel Leuenberger, emitió un comunicado en el que aclaró que habrá clases normalmente.

El comunicado de la Jefatura Distrital de Educación:

Ante la incertidumbre de la exitencia de asuetos/feriados locales el Calendario Escolar 2017- Resolución 915/16 no establece suspensión de clases.Tal como se expresa en el punto 4, de la vigente ResoluciónSe suspenderán las actividades en los siguientes casos:
4.1. El día que se cumplen los 25, 50, 75, o 100 años de fundación del establecimiento. En caso de más de 100 años, cada 25 años.4.2. El día del sepelio de personal docente, no docente, del establecimiento.4.3. El día del sepelio de un alumno del establecimiento.4.4. Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para disponer la misma:a) El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento.b) El Consejo Escolar y la Jefatura Distrital cuando afecte a establecimientos del distrito.4.5. En las Escuelas Idiomáticas Integrales adheridas al Consejo Central Israelita: “Decláranse días no laborables para todos los habitantes que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh-Hashaná), dos (2) días y el Día del Perdón (Ion Kipur) un (1) día.” (Ley N° 24571 - abrogada por el artículo 9º del Decreto 1584/10) y las Pascuas Judías cuatro (4) días (Ley Nº 26089 abrogada por el artículo 9º del Decreto 1584/10).4.6. En los establecimientos educativos de gestión privada adheridos al Consejo de Educación Católica hasta un máximo de tres (3) días para realizar el retiro espiritual anual destinado a los alumnos, siempre que se ajusten a la reglamentación que a ese efecto dictara la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada (Memorando n° 21.110 del 10-12-97 de DiPrEGeP).4.7. Declárese día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día que se conmemora el “Año Nuevo Islámico” (Hégira); el día posterior a la Culminación del Ayuno, (Eid Al-Fitr); y el día que se conmemora la Fiesta del Sacrificio (Eid Al-Adha), (Ley N° 24757 – abrogada por el artículo 9º del Decreto 1584/10).Aclaración: En los casos de suspensión de actividades el/la Director/a del establecimiento dará cuenta inmediata de la decisión a sus superiores.
Y, en el punto 5, se establece:Sin Suspensión de Actividades: Cadaestablecimiento podrá realizar un acto homenaje a su patrono en el aniversario de su nacimiento, fallecimiento o día especialmente instituido al efecto, o conmemorativo de su fundación, con actividades curriculares alusivas a la fecha, de acuerdo a la forma 4.1 del Anexo 3 de la presente Resolución: 
En las Resoluciones de años anteriores, en  establecía (en el punto 4.1) la  suspensión de clases el día que se conmemorara la fiesta patronal o el aniversario de fundación de la ciudad según lo determinaran las autoridades municipales... La Resolución actual no lo contempla.
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