peatonal-whelan
Economía Destacado Economía 18 MAR 2020

Por decreto: se prohíbe la apertura de múltiples rubros hasta el 31 de marzo

Compartí en las redes

Así lo dispuso el Intendente, Mauro García en el marco de "Emergencia sanitaria" por el coronavirus. Busca evitar la "aglomeración, tránsito y circulación de personas en la vía publica".

El decreto 728/20 dispone el cierre, desde las 20 horas del miércoles 18 de marzo, hasta las 24 horas del 31 de marzo, de los lugares y espacios cerrados de concurrencia y permanencia de personas para "todas las actividades religiosas que se desarrollen en templos y/o establecimientos, cualquiera sea su culto; centros culturales y todo otro tipo de establecimiento similar en los que se realicen convenciones, cursos o congresos, como así también, confiterías, heladerías, restaurantes, rotiserías, pizzerías con servicio de mesa, locales bailables, boites, resto bares discos, cervecerías, bares, resto bares y/o resto bares bailables, café, peloteros, teatros, hoteles, apart hoteles, salones de fiesta, salones de usos múltiples, natatorios, gimnasios y lugares donde se realizan actividades físicas, ferias, locales con servicio de comidas y/o café en estaciones de servicios y/u otros lugares que tengan otra actividad principal, clubes, y todo otro comercio que tenga servicios de mesas al público, predio o lugar que por razones deportivas, sociales, gastronómicas o religiosas convoquen a reunión de personas y/o cualquier otro lugar similar a los descriptos". Además, autoriza a los "restaurantes, pizzerías con servicio de mesa, restobares, cervecerías, bares, resto bares, confiterías y heladerías, similares y afines, a brindar únicamente el servicio de elaboración y venta de comidas para llevar y el servicio de envío a domicilio, sin necesidad de anexar el rubro por el plazo dispuesto en el artículo precedente; debiendo extremar en todos los casos las medidas de bioseguridad del personal". A las casas de sepelio les exige "velar con ataúd cerrado, velatorio en el domicilio y/o sala velatoria sin atención permanente, con ingreso controlado del público y de corto lapso, no podrán ofrecer tanatopraxia para evitar riesgos al personal interviniente; y el cortejo sólo será compuesto por carroza fúnebre". Para la atención al público de bancos, entidades financieras, Rapipago, Pago Fácil y similares, dipone que "se realicen extremando las medidas de bioseguridad del personal, haciendo uso del alcohol en gel, guantes de látex y barbijos, particularmente para el personal que está en contacto con dinero y en atención al público y limitando a no más de diez (10) personas la fila de espera con una distancia mínima de un (1) metro entre cada individuo" También refiere que el personal de estaciones de servicio "deberá atender al público extremando las medidas de bioseguridad de su personal, haciendo uso del alcohol en gel, guantes de látex y barbijos, particularmente para el personal que despacha y/o expende combustible, está en contacto con dinero y en atención al público". Y recomienda "a la autoridades del aeródromo 'Ildefonso Domingo Durana' reforzar y extremar las medidas de seguridad durante la vigencia del estado de "emergencia sanitaria", a fin de evitar la aglomeración, tránsito y circulación de personas, con el propósito de mitigar la propagación en la salud pública del brote epidemiológico planteado por la pandemia de COVID-19 (Coronavirus)". También recomienda que el transporte público de pasajeros deberá efectuarse bajo los siguientes preceptos: "Las unidades deberán contar con ventanas que funcionen correctamente y permitan la entrada de aire y luz solar; el sistema de ventilación deberá funcionar correctamente; se deberá realizar la limpieza de las unidades antes de iniciar el recorrido, considerando especialmente superficies de contacto masivo (tubos, pasamanos, timbres, barandelas, manijas), así como volante, palanca de cambios, tableros, asientos, respaldos de los asientos, y cristales de las ventanas; dicha limpieza se deberá realizar con agua, jabón o detergente y solución de cloro al 6 % (seis por ciento) que es el comercial; esta limpieza se deberá realizar cada dos (2) vueltas del recorrido habitual con el propósito de eliminar cualquier posible foco de propagación; se deberá dejar un asiento libre entre pasajero y pasajero, no pudiendo superar la mitad de la capacidad de pasajeros permitidos; en el caso de automóviles particulares destinados a taxis o remises la limpieza se deberá hacer dos (2) veces al día". Por último, para hoteles y complejos hoteleros de la ciudad, recomienda "cancelar todas las reservas por alojamiento realizadas por visitantes extranjeros".

Notas relacionadas