Habilitaron la inscripción de empresas a la séptima edición del programa ATP
Economía 2 NOV 2020

Habilitaron la inscripción de empresas a la séptima edición del programa ATP

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El registro para el pago del 50% de salarios del sector privado inició este jueves. Al igual que el mes pasado, la inscripción será desde el sitio web de la AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), destinado a los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios del mes de octubre.

El plazo para anotarse está disponible desde el jueves 29 de octubre hasta el 4 de noviembre, inclusive. Para ello, es necesario contar con clave fiscal para iniciar sesión desde la página web de AFIP.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del COVID-19. A través del mismo, según informó AFIP, el Estado ya invirtió $207.000 millones, beneficiando cada mes a un promedio de 1,7 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180.000 empresas.

Las empresas que presenten una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27 por ciento. Por su parte, los empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

Los créditos contarán con un período de gracia de tres meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

En tanto, los empleadores de sectores considerados críticos como turismo, gastronomía, transporte, cultura y salud, entre otras actividades, que registren una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019, accederán al salario complementario. Y aquellas firmas que realizan actividades críticas y registran una variación positiva podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

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