Salud 15 OCT 2023

Sigue el conflicto con las prepagas: en qué casos el copago no sería legal

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Tras la medida tomada por 30 sociedades médicas de empezar a cobrar un extra de $6000 por consulta existe una manera de ver en qué circunstancias ese dinero no habría que abonarlo.

A comienzos de octubre se produjo una polémica que se extiende todavía referida al cobro por parte de las prepagas médicas a la hora de que los afiliados soliciten consultas. La misma sería, de acuerdo a lo que señalaron, por el contexto inflacionario. Sin embargo, en estas dos semanas hubo muchos idas y vueltas con posturas totalmente contrarias, algunas de ellas resistentes a hacerlo efectivo.

En los últimos días, Clarín elaboró un procedimiento junto a la Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC) para saber en qué casos es necesario poner "plata por encima del servicio que ya otorga la credencial". Lo más destacable es que, quizás poco conocido, hay una serie de prestaciones médicas que son obligatorias para todas las prepagas y obras sociales, el llamado Programa Médico Obligatorio (PMO).

El listado de esas prestaciones está en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), algo clave para verificar si hay cobros ilegales. Una vez entendido esto el resto de los tratamientos o servicios dependen del plan que tenga cada persona y lo completa que es o no la obra social. 

Al respecto, Osvaldo Bassano, presidente de ADDUC, señaló al medio que "todo lo que no sea tratamiento médico, es decir, odontología, oftalmología, dermatología, tiene algún cobro extra. Vaya el paciente a saber o no si eso está en la cartilla. Pasa en todas las prepagas y obras sociales, sin excepción. En operaciones, el extra a veces es por la anestesia, por las prótesis, sean de cualquier tipo, porque dicen que 'son importadas' o 'para cubrir el pago del anestesiólogo'".

En algunos contextos también podrían cobrarse extras por "atenciones de alta complejidad" o servicios que las prepagas y obras sociales por lo que la lista sería interminable pero lo importante e indiscutible a la hora de pagar ese extra es si está incluido o no en la cartilla cuando se ofreció afiliarse a esa empresa.

Consultado por situaciones concretas, Bassano explicó que "en cuanto a rehabilitación, el PMO incluye todas las prácticas kinesiológicas y fonoaudiológicas, hasta 25 sesiones por año. En un estudio por imágenes no se te puede pedir que pagues arriba de tu credencial si eso está cubierto por tu plan. Sería inviable hacerlo legalmente. Cualquier prestador, porque la prepaga no le paga bien, puede decidir que ya no esté esa prestación cubierta. Mañana crean un 'bono voluntario', como cuando antes en el supermecado te decían ¿querés donar el vuelto al hospital de niños?, y ahí sí se podría cobrar extra".

Otro aspecto a tener en cuenta es que a veces existen en cartilla una prestación (como hemograma completo o resonancia) pero hay que verificar si el lugar que elegimos para hacerlo está dentro de las opciones que tiene el paciente. O mismo al revés, aunque ese centro esté en la cartilla hay que ver si esa prestación la ofrecen para la empresa de medicina prepaga u obra social que elegimos como cobertura.

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