Desde esta semana, las empresas de medicina prepaga están obligadas a informar previamente al Gobierno cada vez que quieran aumentar el valor de sus planes. Así lo dispuso la resolución 645 publicada en el Boletín Oficial, que modifica el procedimiento que las prestadoras de salud deben seguir para comunicar los incrementos a sus afiliados
El Gobierno modificó un requisito que deben cumplir las empresas de medicina privada. Desde esta semana, las prepagas tendrán la obligación de informarle a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) los incrementos que aplicarán en las cuotas antes de ser comunicado a sus afiliados.
Para eso deberán publicar los nuevos valores de los planes de salud en la página oficial de la Superintendencia dentro de los cinco días posteriores a la publicación del dato de inflación del INDEC. Así lo dispuso la resolución 645, publicada en el Boletín Oficial. Hasta el momento, el ajuste de los aranceles eran informados a sus afiliados de forma individual en el mismo lapso.
En esa plataforma, los interesados podrán comparar cuánto aumentó cada prepaga y con ese dato tomar decisiones. Según los considerandos de la resolución, las empresas deberán proporcionar un desglose que incluya desde el costo base del plan hasta los detalles de los copagos.
Qué datos deberán informar
De acuerdo con la resolución 645, las empresas de medicina privada tendrán que proporcionar a sus afiliados y a la Superintendencia un desglose con los siguientes conceptos:
-El porcentaje de aumento de la cuota;
-El valor actualizado del nuevo arancel;
-Aquellos ajustes por edad o factores de riesgo (o por zona geográfica);
-El cuadro tarifario vigente aplicable;
-El detalle de los valores de copago por prestación;
Esta presentación será plasmada por las empresas de medicina privada en una plataforma web de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). De esta manera, cualquier ciudadano podrá consultar la información.
Desde la Superintendencia de Salud se advierte que el incumplimiento de la nueva normativa ”será considerado falta formal, sin perjuicio de la invalidez de la notificación contemplada". Esto implica un aviso con al menos treinta días corridos de antelación al vencimiento del pago de la obligación.
Mientras tanto, en mayo las cuotas de las prepagas se incrementaron entre 2,5% y 2,6%, dependiendo de la empresa. Algunas también aplicaron subas en los copagos, según el plan contratado por cada afiliado.
Fuente: Clarín