Salud 25 JUL 2025

Cambios en el uso de receta electrónica: en qué situaciones será obligatoria y qué nuevos requisitos hay

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Con la firma del titular del Ministerio de Salud, Mario Lugones, el Gobierno estableció la obligatoriedad de usar receta electrónica en todos los procedimientos, como prácticas, estudios y dispositivos. Los detalles de la implementación

La obligatoriedad de la receta electrónica en Argentina se amplió a todas las indicaciones médicas, incluyendo no solo medicamentos, sino también estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos de salud. Así lo estableció la Resolución 2214/2025 del Ministerio de Salud de la Nación, que completa el proceso iniciado en 2024 y suma nuevos requisitos para la gestión digital de las órdenes médicas.

La normativa, que amplía la digitalización, establece plazos de adecuación para los prestadores de salud, con un máximo de 120 días, y permite la utilización de prescripciones en papel sólo para casos excepcionales en zonas de baja o escasa conectividad digital.

“Cabe aclarar que, para aquellas situaciones en las que no sea posible su implementación, como ocurre en localidades alejadas o con dificultades de conectividad, seguirá vigente el uso de la receta en papel”, explicaron desde el Ministerio de Salud de la Nación.

La nueva normativa 

Desde la publicación de la resolución, todas las órdenes médicas deben emitirse de forma electrónica a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS). Esto aplica tanto a medicamentos como a recetas archivadas, psicotrópicos o estupefacientes, así como a las órdenes de estudios y dispositivos médicos.

La normativa incorpora dos identificadores clave: el número de CUIL, que pasa a ser el principal dato de identificación del paciente, y la Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que asegura que cada orden médica pueda ser ubicada de forma precisa en el sistema digital.

Las plataformas digitales deben garantizar el resguardo de este tipo de prescripciones durante un período mínimo de tres años.

El Ministerio de Salud dispuso diferentes plazos para la adecuación de los prestadores de salud y las plataformas digitales:

-45 días para implementar la identificación unívoca de las recetas
-90 días para incorporar la prescripción de recetas archivadas
-120 días para la prescripción de recetas restringidas (como las que incluyen psicotrópicos o estupefacientes, que implican digitalización de duplicados y triplicados)

Pese al avance en la digitalización, la receta en papel sigue habilitada de manera excepcional en zonas con limitaciones de conectividad o acceso digital.

Es decir, si el paciente o el profesional de la salud se encuentra en un área donde no es posible utilizar las plataformas electrónicas autorizadas, se podrá continuar utilizando la receta tradicional en papel, según aclararon desde la cartera sanitaria nacional.

Requisitos de la receta electrónica 

Para que una receta digital sea válida debe contener:

-Identificación completa del médico: nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio
-Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo y CUIL
-Detalle preciso del medicamento o estudio prescripto
-Diagnóstico
-Fecha de emisión
-Firma digital profesional
-Código de barras y CUIR

Las recetas digitales deben conservarse al menos tres años en los repositorios autorizados, garantizando confidencialidad y trazabilidad.

Fuente: Página 12 

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