Sociedad 28 JUL 2025

El libre deuda será requisito para los aspirantes a la adopción: qué cambia desde ahora

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La Suprema Corte bonaerense dispuso que quienes se postulen como aspirantes a adopción deberán acreditar que no registran deudas alimentarias. Es tras un cambio en el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Mediante el Acuerdo Nº 4184, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió incorporar como requisito obligatorio la presentación del certificado de libre deuda emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos para quienes se postulen como aspirantes a guardas con fines de adopción.

La medida apunta a reforzar la evaluación de la idoneidad parental de los postulantes, en línea con la necesidad de garantizar el bienestar integral de niñas, niños y adolescentes que esperan ser adoptados.

Según lo dispuesto, la acreditación de no registrar deudas alimentarias se considerará un criterio fundamental al momento de analizar la aptitud para asumir una responsabilidad tan significativa como lo es la conformación de una familia por la vía adoptiva.

“Ello en orden a que los postulantes den cuenta de la capacidad parental acorde a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes que esperan por una familia”, reiteraron. La iniciativa responde a un cambio en la Ley 13.074 que regla el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia de Buenos Aires.

Para expedir el certificado de libre deuda en territorio bonaerense, se debe consultar la situación impositiva y de deudas con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA). La misma puede realizarse a través de su sitio web

Fuente: Suprema Corte de Justicia bonaerense 

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RUBEN BLANCO AGRUP EVA PERÓN