Cómo es el trámite que tienen que hacer los clubes de barrio para mantener los subsidios
El Gobierno estableció un plazo de 90 días para que se reempadronen y acrediten requisitos como personería jurídica, cantidad de socios y apertura a la comunidad. La medida alcanza a las entidades que acceden a la tarifa diferencial de luz y gas
El Gobierno nacional estableció un nuevo procedimiento para que los clubes de barrio y de pueblo continúen recibiendo los subsidios en las tarifas de electricidad y gas. A través de la Disposición 4/2025, publicada en el Boletín Oficial por la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, se fijó que estas entidades deberán reempadronarse en un plazo de tres meses y acreditar el cumplimiento de determinados requisitos.
El proceso de revalidación busca ordenar el registro de instituciones que reciben la tarifa diferencial. Según explicaron desde el Ejecutivo, en los últimos años se verificó que entidades deportivas o recreativas que no encajan en la definición legal de clubes de barrio habían accedido a los beneficios. Por eso, se dispuso una actualización de la base de datos para garantizar que la ayuda llegue a quienes realmente cumplen con el rol comunitario previsto en la ley 27.098.
Cuál es el plazo y por dónde
Las entidades que ya acceden a la tarifa subsidiada tienen 90 días corridos para iniciar el proceso de reempadronamiento. La inscripción se debe realizar exclusivamente mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD), que concentra las gestiones con el Estado nacional. Allí, los clubes deberán cargar la documentación respaldatoria y completar los formularios exigidos.
Quienes se inscriban fuera del plazo o no presenten la información requerida quedarán automáticamente fuera del régimen. En ese caso, comenzarán a pagar las facturas de energía sin el descuento correspondiente, lo que puede representar un aumento considerable en sus costos fijos mensuales.
Cuáles son los requisitos
Los clubes de barrio que accedían a subsidios en las tarifas de luz y gas deberán volver a revalidar esos beneficios. Los mismos deberán cumplir una serie de requisitos:
-Contar con personería jurídica vigente y domicilio legal en Argentina.
-Antigüedad mínima de tres años desde su creación.
-Poseer entre 50 y 2000 socios.
-No realizar actividades deportivas profesionales.
-Deben encontrarse incluidas en el “Registro de Beneficiarios- Clubes de Barrio Res. SE 992/21″.
-No podrán volver a acceder a los subsidios si la matrícula del club no está abierta a la comunidad. Ni si se desarrollan actividades deportivas que requieren un alto poder adquisitivo.
Fuente: Ministerio de Economía