Cómo son las escalas del Monotributo para el arranque de 2026, y cuáles son las claves
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que sucede a la AFIP, confirmó oficialmente el calendario de este año para la recategorización del Monotributo a partir de este mes de enero de 2026.
El objetivo es que los contribuyentes se encuadren correctamente en el Régimen Simplificado. Y anunció como nueva fecha de vencimiento hasta el 5 de febrero; caso contrario, podrá haber actuaciones de oficio que acarrearán sanciones económicas.
La actualización, fundamental para la planificación financiera de trabajadores independientes y pequeños comercios, define las categorías, los topes de facturación anual y los importes mensuales que deberán abonar los adheridos al Régimen Simplificado. Con esta nueva disposición de ARCA, la recategorización deberá realizarse en enero y en julio, lo que permitirá determinar si los ingresos de actividad de los últimos 12 meses –además de otros datos- se corresponden a la categoría en vigor o si se requiere una modificación.
ARCA analiza los parámetros que incluyen la facturación anual, el consumo eléctrico y el monto de alquileres.

Modificaciones
Las categorías del Monotributo serán modificadas este mes tomando como parámetro el Índice de Precios al Consumidor del segundo semestre de 2025. Los topes de facturación anual vigentes son:
• Categoría A: 8.992.597,87 pesos;
• Categoría B: 13.175.201,52
• Categoría C: 18.473.166,15
• Categoría D: 22.934.610,05
• Categoría E: 26.977.793,60
• Categoría F: 33.809.379,57
• Categoría G: 40.431.835,35
• Categoría H: 61.344.853,64
• Categoría I: 68.664.410,05
• Categoría J: 78.632.948,76
• Categoría K: 94.805.682,90.

Para recategorizarse, primero hay que ingresar a la página oficial de ARCA con el CUIT y la Clave Fiscal; luego hay que seleccionar la opción “Recategorizarme”, donde se confirman o se cambian detalles de la actividad desarrollada según el caso; por último hay que emitir el comprobante F.184 y descargar la nueva credencial de pago.
Los importes confirmados
El pago mensual cambia de acuerdo a la categoría y al tipo de actividad. Los importes confirmados por ARCA son:
Categoría A: 37.085,74 pesos;
B: 42.216,41;
C: 49.435,58 (servicios) / 48.320,22 (comercio);
D: 63.357,80 (servicios) / 61.824,18 (comercio)
E: 89.714,31 (servicios) / 81.070,26 (comercio)
F: 112.906,59 (servicios) / 97.291,54 (comercio)
G: 172.457,38 (servicios) / 118.920,05 (comercio)
H: 391.400,62 (servicios) / 238.038,48 (comercio)
I: 721.650,46 (servicios) / 355.672,64 (comercio)
J: 874.069,29 (servicios) / 434.895,92 (comercio)
K: 1.208.890,60 (servicios) / 525.732,01 (comercio).

Los monotributistas que no registren variaciones no tienen que realizar trámite alguno, mientras que quienes superen el límite establecido o queden por debajo deberán hacer la recategorización correspondiente en los plazos previstos.
El organismo advirtió que mantiene sistemas de monitoreo automático y fiscalización electrónica para detectar inconsistencias entre lo declarado y los ingresos efectivamente percibidos.
Fuentes: Ámbito


