Paritarias de ATE en General Rodríguez: salió la conciliación obligatoria
Gremiales 3 MAR 2018

Paritarias de ATE en General Rodríguez: salió la conciliación obligatoria

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Se firmó este viernes, 2 de marzo. El día anterior, ATE se había movilizado al Consejo Escolar y el Municipio.

Luego de que empleados municipales afiliados a ATE se movilizaran al Consejo Escolar y al Municipio en reclamo por infraestructura escolar pero también con el eje de fondo de las negociaciones paritarias (reclaman un 25% o 30% de aumento y aseguran que les ofrecieron el 15%), el viernes 2 de marzo se firmó la conciliación obligatoria dispuesta por la Delegación Regional de Trabajo y Empleo que tiene en Luján el Ministerio de Trabajo provincial.

La disposición por parte del Delegado de la Delegación Regional de Trabajo y Empleo de Luján del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires:

  • Artículo 1º: Calificar la situación planteada como conflicto colectivo de trabajo abriendo la instancia obligatoria de conciliación entre la Municipalidad de General Rodríguez y su personal representado por Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Luján, conforme artículo 3 inc. 20, 28, 29, cc. de la Ley 10.149.
  • Artículo 2º: Intimar a las partes a abstenerse de adoptar cualquier medida que pudiere implicar una modificación directa o indirecta de las condiciones laborales y/o salariales, y cesar las medidas de acción directa dispuestas retrotrayendo el estado de cosas al día anterior a la fecha de inicio del conflicto, por el térmido de 15 días hábiles contados a partir de la rectificación de la presente.
  • Artículo 3º: Convocar a audiencia de conciliación por ante esta Delegación Regional de Trabajo y Empleo de Luján sita en calle Colón nº 1151 de la Ciudad de Luján para el día jueves 15 de marzo de 2018 a las 11:00 horas, quedando debidamente notificados en este acto.
  • Artículo 4º: Verificar el cumplimiento de la presente a través del Servicio de Inspección y Vigilancia de este Organismo.
  • Artículo 5º: Regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas.
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