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Economía 24 MAR 2020

Cuarentena: postergan los vencimientos de las tarjetas de crédito y todas las deudas bancarias

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Así lo dispuso una comunicación del Banco Central. El pago de toda clase de financiación bancaria para personas y empresas se prorroga hasta el fin de la cuarentena.

En el marco de la cuarentena obligatoria vigente para minimizar los contagios del coronavirus (COVID-19), el Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció el viernes pasado que se suspenderán los vencimientos de las tarjetas de crédito y de cualquier otra deuda con los bancos hasta el 1 de abril, es decir, hasta la fecha pautada, a priori, para que finalice el período de aislamiento. La autoridad monetaria presidida por Miguel Pesce oficializó la medida mediante la comunicación A 6492, en la que se detalló que la decisión es efectiva desde el 20 de marzo. En el comunicado se remarca que "los vencimientos de financiaciones de entidades financieras que se registren entre el 20 de marzo inclusive hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, pasarán al 1 de abril de 2020". Se contemplarán los vencimientos de las tarjetas de crédito, de los préstamos y de cualquier otro compromiso asumido con las entidades financieras. Asimismo, indica que "las entidades financieras y cambiarias no podrán durante ese período abrir sus sucursales para la atención al público y deberán seguir prestando servicios a los usuarios en forma remota, como por ejemplo, para la constitución de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y para garantizar los servicios relacionados con el sistema de pagos". Al mismo tiempo, "el BCRA garantizará la provisión de efectivo para que los bancos adopten todas las medidas necesarias, incluyendo los recursos humanos, para asegurar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria relacionada con la extracción de efectivo en puntos de extracción extrabancarios", remarcaron. Y se detalló que mientras dure la cuarentena "no habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 1 de abril de 2020" y que "tampoco se computará para el vencimiento de plazo de 30 días para la presentación de los mismos los días 25 y 26 de mayo". "También dispuso que las entidades financieras y cambiarias podrán operar entre ellas y con sus clientes en el mercado de cambios de forma remota. El BCRA garantizará la operatoria, a través del SIOPEL, de las operaciones cambiarias mayoristas y de las licitaciones de LELIQ", agregaron.
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