Por decreto, el Municipio oficializó la reactivación de cinco actividades en el distrito
Economía Municipalidad 11 JUN 2020

Por decreto, el Municipio oficializó la reactivación de cinco actividades en el distrito

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Se trata del Decreto Municipal Nº 879, el cual lleva estampadas las firmas del Intendente Mauro García y del secretario Jefe de Gabinete municipal Luciano Larralde.

El último viernes, 5 de junio, acorde a lo establecido por el Decreto nacional Nº 297/20, la Decisión Administrativa Nº 524/20, el Decreto provincial Nº 262/20 y la situación planteada por comerciantes locales, representantes de la Cámara Empresaria de General Rodríguez y actores sociales y políticos partidarios, la Municipalidad de General Rodríguez decretó la autorización del inicio de distintas actividades y servicios que se desarrollan dentro del partido. Éstas son la "venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas"; la "atención en servicios médicos -médicos de todas las especialidades (incluidas la atención odontologíca y oftalmológica), y licenciaturas en psicología, kinesiología y fisiatría, fonoaudiología, terapia ocupacional y nutrición-, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo vía telefónica o por cualquier otro medio electrónico; sin pacientes en la sala de espera"; de "laboratorios de análisis clínicos y centro de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo vía telefónica o por cualquier otro medio electrónico; sin pacientes en la sala de espera"; de "los que venden bienes no esenciales (ropa, calzados, electrodomésticos, muebles, repuestos, mercerías)"; y de "agencias oficiales de Lotería de la Provincia de Buenos Aires". En el resto de los articulados, también se autorizó a inmobiliarias (con sistema de turnos) para el cobro de alquileres y expensas; abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, escribanos, agrimensores (en todos estos casos, la atención será de manera remota y sólo se podrá acudir a sus lugares de trabajo para obtener y retirar documentaciones); la continuación de obras particulares con permiso de construcción que se encontraban en ejecución antes de la cuarentena; lavaderos de autos (con sistema de turnos telefónicos o por otro medio). En el caso de los comercios de venta de productos, deberan hacerlo con formato de retiro en el local o "Take away". En todos los casos, los desplazamientos de las personas alcanzadas por el decreto deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad o industria exceptuadas. Asimismo, “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que éstos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”. Pese a no poder utilizar el transporte público, las personas alcanzadas para desarrollar las nuevas actividades permitidas deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) – Emergencia COVID-19.Foto: archivo.[gallery columns="1" size="large" ids="65041,65042,65043,65044"]
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